Reglamento General de Tarifas (RGT)

para viajes en barco de FRS Portugal Unipessoal LDA

RNAAT (Registro Nacional de Agentes de Animación Turística) N.º 276/2021

 

Disposiciones generales

Art. 1

Billetes

Art. 2

Tarifas reducidas

Art. 3

Ventajas, ofertas adicionales y promociones

Art. 4

Viajes especiales

Art. 5

Ofertas de descuento

Art. 6

Aumento de tarifas

Art. 7

Tarifas de transporte

Art. 8

Bonos

Art. 9

 

Art. 1 Disposiciones generales

Este Reglamento General de Tarifas (en adelante «RGT») se aplica a todos los viajes regulares de FRS Portugal Unipessoal LDA (en adelante «FRS») y a viajes especiales de FRS, en caso de que se indique. Una vez concluido el contrato, el RGT pasa a formar parte del contrato de viaje y los pasajeros lo aceptan como vinculante. 

 

Art. 2 Billetes

  1. Los billetes son transferibles hasta el comienzo del viaje, a menos que sean de viajes especiales (Art.5) u ofertas de descuento (Art.6). Si los billetes están marcados con una fecha en particular, solo son válidos para el viaje especificado en dicha fecha. Asimismo, solo se pueden reservar con las tarifas de transporte vigentes en el momento de la reserva según el Art. 8 del RGT.
  2. Los billetes para excursiones diarias o cruceros al atardecer autorizan al titular a realizar un único viaje de ida y vuelta de aproximadamente 1 h 40 min o 2 h por el Tajo.

 

Art. 3 Tarifas reducidas

  1. Los niños de hasta tres años no tienen asientos asignados, por lo que no pagan entrada. Por otro lado, hay descuentos para los niños de entre 4 y 11.
  2. Los billetes familiares están disponibles tanto para las excursiones diarias como los cruceros al atardecer e incluyen 2 adultos y 2 niños.
  3. Los descuentos en la tarifa solo están garantizados previa solicitud que debe acompañarse de una prueba de cumplimiento de las condiciones de esta reducción.
  4. Si se proporciona información falsa en la solicitud de reducción de tarifa o si los cambios en estas circunstancias no se notifican a FRS justo antes del inicio del viaje, el pasajero pierde el derecho a reclamar un descuento en el importe para viajes futuros durante un año, computado a partir del día de la reclamación no autorizada de la reducción.

 

Art. 4 Ventajas, ofertas adicionales y promociones

  1. Además de los billetes y de las tarifas reducidas mencionados anteriormente, se pueden ofrecer precios especiales promocionales u ofertas de cooperación con terceros, que quedarán publicados en las tarifas de transporte.
  2. La reserva de ofertas adicionales se debe realizar antes del inicio del viaje. Por otra parte, se pueden hacer cancelaciones por necesidades operativas con poca antelación procediendo al reembolso del importe.

 

Art. 5 Viajes especiales

Los viajes especiales son todos aquellos viajes dentro del marco del Art. 11 del RGT de FRS y se les aplica un reglamento y tarifas diferentes que se pueden encontrar en la oferta respectiva o en nuestro RGT.

 

Art. 6 Ofertas de descuento

FRS puede ofrecer ofertas de descuento (tal y como se define en el Art. 12 del RGT) en los billetes del horario habitual y se les aplica un reglamento y tarifas diferentes que se pueden encontrar en la oferta respectiva o en nuestro RGT.

 

Art. 7 Aumento de tarifas

Según las condiciones del Art. 5 del RGT, FRS se reserva el derecho a exigir al pasajero el pago de una tarifa más elevada.

 

Art. 8 Tarifas de transporte

  1. Las tarifas de transporte se establecen fuera de este Reglamento de Tarifas y se publican en la página web de FRS y en los horarios, además de poder obtenerse en las taquillas de FRS.
  2. Los billetes solo se pueden adquirir por la tarifa vigente en el momento de la reserva. Por el contrario, no es posible volver a realizar una nueva reserva, p. ej., a tarifas promocionales.
  3. Solo es posible cambiar un billete normal por uno promocional hasta el inicio del viaje.

 

Art. 9 Bonos

  1. Los bonos se pueden adquirir vía correo electrónico en [email protected]. y solo se podrán expedir tras el pago del importe equivalente exigido. Dicho bono se enviará vía correo electrónico.
  2. Los bonos se determinan en euros equivalentes a 10 o 20, que pueden acreditarse en el momento de la compra. El titular no está autorizado a realizar un viaje solo mediante un bono, sino que debe adquirir un billete. Es posible utilizar varios bonos para un solo billete. Asimismo, se puede canjear el bono en el servicio de catering a bordo.
  3. Los bonos son transferibles y solo se pueden canjear presentando el bono original. Si el bono se envía a FRS vía correo postal para su canje, el pasajero asume los riesgos del envío.
  4. En principio, no existe el derecho al pago del bono. En caso de pago (parcial) mediante un bono, el reembolso (parcial) se llevará a cabo en forma de bono y los importes restantes no se abonarán.
  5. El plazo de prescripción de los bonos es de 3 años a partir del final del año en el que se adquirió.